SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1450/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1450/2013

Fecha: 19-Ago-2013

III.2.2. Sobre la decisión de la Comisión de Reclamación del SENASIR, en ejecución de fallos, al pronunciar la Resolución de Reclamación 077/11 de 14 de febrero de 2011, confirmando la Resolución 0005935 de 12 de agosto de 2010, respecto al inicio de pago de la renta única de vejez con reducción de edad

III.2.2. Sobre la decisión de la Comisión de Reclamación del SENASIR, en ejecución de fallos, al pronunciar la Resolución de Reclamación 077/11 de 14 de febrero de 2011, confirmando la Resolución 0005935 de 12 de agosto de 2010, respecto al inicio de pago de la renta única de vejez con reducción de edad

         Al respecto, corresponde referir que no obstante que en virtud de las atribuciones conferidas por los arts. 8 de la Resolución Secretarial 087, de 21 de julio de 1996 y 5 de la Resolución Ministerial 1361, de 4 de diciembre de 1997, la Comisión de Reclamación del SENASIR tenía, incluso en ejecución de sentencia, la obligación de reparar y restablecer los derechos del ahora accionante, sin embargo, decidió confirmar la injusta e ilegal Resolución 0005935 de 12 de agosto de 2001, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, a través de la Resolución 077/11, con el argumento de que lo hacía en cumplimiento del Auto de Vista 198/2008, entendiendo erróneamente que al haber sido esta resolución judicial la que otorgó el beneficio, la fecha de inicio de pago corría a partir del mes siguiente de su emisión, esto es octubre del mismo año; entendimiento arbitrario que como se señaló, no nace de la ley ni de las resoluciones que pretendieron cumplir.