SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2014

Fecha: 03-Ene-2014

Fragmento 38

              Precisados los límites de la jurisdicción indígena originaria campesina, constituidos por el respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales y la obediencia a las previsiones contenidas en la Norma Suprema; corresponde hacer alusión al derecho propietario, invocado como transgredido en la presente acción tutelar -además de los otros derechos y garantías consignados en el punto I.1.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional-, mismo que se halla regulado en el art. 56 de la CPE, que establece su protección mientras cumpla una función social, garantizándola siempre que su uso no sea perjudicial al interés colectivo, protegiendo, asimismo, el derecho a la sucesión hereditaria. Encontrándose reguladas, en similar sentido, las normas contenidas en los arts. 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.