SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-S3

Fecha: 08-Oct-2014

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

A efectos de contar con mayores elementos para emitir resolución, se requirió al Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, ordene al Juzgado Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de ese departamento, remitir copias legalizadas del memorial presentado por el accionante el 28 de junio de 2010, referido al nuevo señalamiento de domicilio procesal y de la providencia que mereció del Tribunal de alzada, disponiéndose mediante decreto constitucional de 10 de julio del presente año, la suspensión del plazo (fs. 133); reanudándose el mismo a partir de la notificación con el decreto constitucional de 12 de septiembre del año en curso (fs. 163 y 164). Por lo que, el presente fallo constitucional es pronunciado dentro de término.