Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2014-S1
Fecha: 10-Nov-2014
II.2.
II.2. Por Registro de Transferencia Cambio de Nombre SCZ00098/2011, emitido por la Dirección General de Administración de Tierras del INRA, el 13 de mayo de 2011, se conoce que el inmueble con matrícula computarizada de folio real 7.11.4.02.0002086 está ubicado en el departamento de Santa Cruz, en la provincia Ñuflo de Chávez, en el municipio de San Julián en la propiedad Colonia Villa Santa Eliza Núcleo 33, correspondiente a la parcela 29 (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- 1.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho a la propiedad privada
- III.3. Requisitos necesarios para conceder la tutela de derechos vulnerados por medidas de hecho
- III.4. De los derechos protegidos a través del amparo constitucional cuando se denuncien medidas de hecho traducidas en avasallamientos de predios urbanos o rurales privados, alegando la afectación del derecho a la propiedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR en parte
- 2°