SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Solicitaron a la Asamblea Legislativa Departamental, el tratamiento del tema de la restitución al cargo del Gobernador Mario Adel Cossio Cortez; mismo que debió realizarse por el pleno de la Asamblea después de la emisión de la Sentencia Constitucional (SC) 2055/2012 de 16 de octubre; la cual en su parte resolutiva declaró inconstitucionales los artículos que motivaron la suspensión del mencionado Gobernador; sin embargo, el tratamiento de dicho tema fue suspendido a pesar de haberse instalado la sesión, con el fundamento de que se habría interpuesto una acción de inconstitucionalidad concreta, impetrada a instancias de Lino Condori Aramayo, acción que fue resuelta por el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 099/2014 de 10 de enero declarando improcedente la referida acción, lo que les faculta, en su condición de Asambleístas Departamentales, solicitar nuevamente el tratamiento de la restitución al cargo del mencionado Gobernador, por lo que con dicho objeto realizaron las solicitudes de 24 de febrero de 2014, dirigida a la Asamblea Departamental para el tratamiento de reposición del Gobernador mencionado; sin embargo, de haberse realizado el 12 de marzo, en instalaciones del salón de sesiones de la Asamblea Departamental, la Sesión Ordinaria 77/2013-2014 de 12 de marzo de 2014, en la que se dio lectura, en el punto 2, a la referida nota, los miembros de la directiva omitieron tratar el tema, pasando a considerar otros puntos de la agenda, sin otorgar respuesta a lo peticionado.

Señalan que, el 14 de marzo del mismo año, al no existir respuesta del presidente o directiva de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, a la nota anterior, nuevamente realizaron otra petición ante Fortunato Llanos Jancko -ahora autoridad demandada- adjuntando la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 099/2014, a efecto de que se retome el tratamiento de la restitución del Gobernador electo; sin embargo, esta petición tampoco fue atendida, toda vez que, habiéndose realizado el 18 de marzo de 2014, la Sesión 79/2013-2014, en la que en el punto 4, referido a los asuntos de mesa se dio lectura a la nota enviada, empero no se emitió respuesta formal, y motivada, únicamente se advirtió de modo informal que la directiva de la Asamblea determinará si corresponde agendar su petición.