Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2014-S2
Fecha: 04-Nov-2014
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 06/2014 de 14 de abril, cursante de fs. 343 a 351, pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin haber ingresado al análisis de fondo de la presente acción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- cuando se denuncia un acto ilegal u omisión indebida y éstos cesan con anterioridad a la celebración de la audiencia del recurso, sin mayor análisis se deberá denegar la tutela por la cesación de la causa que lo motivó, pues implica la desaparición del objeto del recurso'
- se agende con orden prioritario el tratamiento de la reposición de Mario Adel Cossio Cortez en el cargo de Gobernador del Departamento
- REVOCAR en todo