Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.8.
II.8. Mediante nota de 19 de junio de 2013, los accionantes suscribieron y presentaron su denuncia ante el Viceministerio de Educación Superior; refiriendo que el 31 de mayo del mismo año, se realizó un Consejo Académico en la Escuela Superior de Formación de Maestros “Simón Bolívar”, en el que se rechazó su pedido de transferencia interna de carrera, de forma irregular, en una reunión previa de Directores; la misma que, hasta la fecha de presentación de la presente acción no fue respondida (fs. 16 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- a una respuesta formal y pronta, entendiéndose que ésta, entonces debe ser escrita
- III.3. Sobre el “vivir bien” y su relación con elderecho a la petición
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- manera formal y pronta, oportuna y motivada
- CONFIRMAR