SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2014

Fecha: 25-Feb-2014

III.7.1. La reconducción de la acción de amparo constitucional a            un proceso de acción popular


Analizando el caso presentado, se evidencia que los accionantes formulan la acción de amparo constitucional en representación de la comunidad campesina “Puca Huasi”, conformada por setenta y dos familias y más de trescientos cincuenta personas, quienes alegan que fueron vulnerados sus derechos, entre ellos los que poseen como pueblo indígena, amparándose tanto en la Constitución Política del Estado como en instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

Conforme se aprecia, los accionantes alegan lesión a sus derechos en su calidad pueblo indígena originario campesino, sin embargo, de acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.4 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional la vía idónea para solicitar la tutela de dichos derechos no es el amparo constitucional, sino la acción popular, a través de la cual se pueden resguardar los derechos colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos contenidos tanto en la Constitución como en el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, pero también los derechos subjetivos  que pueden ser ejercitados colectivamente por dichas colectividades, como el derecho-garantía al debido proceso en sus elementos al derecho a la defensa, la motivación de las resoluciones y la valoración de la prueba, así como el derecho a la tutela judicial efectiva, los cuales también se alegan como vulnerados, siendo titulares de los mismos la comunidad Puca Huasi.