SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2014
Fecha: 10-Mar-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva y la garantía del debido proceso, en sus elementos de congruencia e igualdad procesal, denunciando que dentro del proceso ordinario que siguió contra el BNB S.A., los Ministros demandados, anularon obrados en casación, mediante el Auto Supremo 377, hasta el pronunciamiento de una nueva sentencia, con el sustento de no haberse fundamentado debidamente la Sentencia de primera instancia, sin valorar la prueba pericial de descargo; sin considerar que el Juez sí la valoró en el fallo, tomando en cuenta empero para asumir su decisión, la de oficio, dadas las contradicciones de las pruebas periciales del demandante y demandado, peritaje de oficio esencial que no fue objetado nunca por ninguna de las partes y para el que además, el BNB S.A. omitió negligente y reiteradamente la orden de brindar los informes y documentos exigidos por la autoridad judicial. Enfatiza que, para que opere la nulidad procesal, aun de oficio, deben cumplirse ciertos presupuestos procesales, que en su caso, no fueron observados, como los principios de especificidad o legalidad, de finalidad del acto, de trascendencia y de convalidación. En consecuencia, compele en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2. Consideraciones previas a ingresar al análisis de fondo de la acción tutelar: Del supuesto incumplimiento al principio de subsidiariedad y la existencia de actos consentidos, demandados por la entidad bancaria tercera interesada, BNB S.A.
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.3. De los derechos invocados como vulnerados
- III.3.2. De la garantía del debido proceso
- Fragmento 25
- III.4. Del recurso de casación en materia civil
- III.5. Sobre la nulidad de los actos procesales y los presupuestos o antecedentes para su procedencia
- Fragmento 28
- “…la nulidad consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos, formas o procedimientos que la Ley procesal ha previsto para la validez de los mismos; a través de la nulidad se controla la regularidad de la actuación procesal y se asegura a las partes el derecho constitucional al debido proceso
- III.6. Análisis del caso concreto
- El juez tendrá obligación de valorar en la sentencia las pruebas esenciales y decisivas”
- CONFIRMAR