SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1498/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1498/2014

Fecha: 16-Jul-2014

entre otros supuestos

Este derecho a su vez, impone deberes de acción y abstención a los empleadores en el marco de la relación laboral, que progresivamente fueron desarrollados por la jurisprudencia constitucional, los cuales, entre otros supuestos, son: 1) Prohibición de desvinculación laboral de la mujer trabajadora en estado de embarazo, hasta que la hija o hijo cumpla un año de edad; 2) La misma prohibición -durante el periodo señalado anteriormente- , se da en el caso del hombre trabajador cuando su pareja, independientemente de su estado civil, estuviere en estado de embarazo; 3) Obligación del empleador, de garantizar la inamovilidad laboral del progenitor, así exista un proceso de reestructuración administrativa, reasignándole a otra función que no implique disminución salarial ni jerarquía (SCP 0189/2012, de 18 de mayo. En el mismo sentido SC 0672/2004-R de 4 del igual mes); y, 4) Obligación del empleador a continuar pagando las prestaciones familiares (como por ejemplo el subsidio pre y post natal) a favor de la mujer en estado de embarazo y de la niña o niño hasta su primer año de edad, pese a ya no estar vinculados laboralmente, cualesquiera de los progenitores, debido a su destitución a causa de un proceso previo por faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones (Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0076/2012 de 12 de abril y 0228/2012 de 24 de mayo).