SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1514/2014
Fecha: 16-Jul-2014
III.2. Análisis del caso concreto
En el presente caso, la accionante identifica como actos vulneradores de sus derechos: el Auto 516/2011 de 13 de octubre, emitido en ejecución de Sentencia, que aprobó el avalúo pericial del inmueble dado en garantía, confirmado por Auto de Vista 216/2012 de 14 de septiembre; y, el Auto de 14 de noviembre de 2012, que rechazó el incidente de nulidad de notificación, confirmado por Auto de Vista 104/2013 de 17 de mayo; y, toda vez que las últimas actuaciones de ambos Tribunales de alzada fueron notificadas a la accionante el 15 de julio de 2013, como se mostró en las conclusiones II.3 y II.9, transcurriendo cuatro meses y diecinueve días hasta la interposición de la presente acción de defensa; en consecuencia, corresponde examinar la problemática planteada por estar dentro del plazo legal previsto en el art. 129.II de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible
- III.2. Análisis del caso concreto
- debiendo interponer el mismo en su primera presentación al proceso
- la tutela que brinda la acción de amparo constitucional, debe ser denegada contra los actos libre y expresamente consentidos por el accionante
- III.2.2. Con relación al rechazo del incidente de nulidad y determinación del Tribunal de alzada que confirmó la mencionada determinación
- III.2.3. Otras consideraciones