SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1626/2014
Fecha: 19-Ago-2014
II.2.
II.2. Por Resolución Municipal 215/2012 de 31 de octubre, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, dispuso la suspensión temporal de los Concejales, Oscar Vargas Ortiz, Carlos Manuel Saavedra Saavedra, María Yanine Parada Antelo de Mercado, Michelle Sibele Ortiz Eid, Leonardo Roca Egüez, Hugo Enrique Landívar Zambrana y Arminda Velásquez Crespo de Torrico; a consecuencia de la acusación formal presentada por el Fiscal, Carlos Candía Justiniano, el 16 de julio de 2012, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes y el fallo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el cual se anuló la Resolución pronunciada por el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal y por ende haber quedado vigente todo lo actuado antes de la Resolución judicial que aprobaba la excepción de prejudicialidad y al encontrarse firme la acusación fiscal, el Concejo Municipal solicitó la aplicación de los arts. 144 y 145 de la LMAD, correspondiendo continuar con el procedimiento de sumario estableciendo en consecuencia la suspensión temporal de las autoridades acusadas (fs. 25 a 27).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- comisión de la vulneración alegada
- III.2. Análisis del caso concreto
- el objeto de la presente acción de defensa está circunscrito y emerge de la emisión de las Resoluciones Municipales 116/2012 y 215/2012
- respecto a estos supuestos actos ilegales no se puede ingresar a efectuar ningún análisis, toda vez que la petición mencionada en la acción no está relacionada a estos actuados procesales
- CONFIRMAR