DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2014

Fecha: 05-Sep-2014

a)

a)  La Asamblea Departamental de Potosí, por mandato del art. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 53.I, 61.I.1 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” (LMAD), asumió la elaboración de su proyecto de Estatuto Autonómico Departamental, norma básica institucional, de manera responsable, participativa, consensuada con su población.

Por otro lado, el art. 12.I y III de la CPE, señala que: “El Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos; y, Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí”.

Por su parte el art. 12.II y III LMAD, refiere que: “La autonomía se organiza y estructura su poder público a través de los órganos legislativo y ejecutivo. La organización de los gobiernos autónomos está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos; y, Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí”.