Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1716/2014
Fecha: 01-Sep-2014
I.1.3. Petitorio
Solicita se le conceda la tutela, y en consecuencia se declare la nulidad del Auto de Vista de 1 de febrero de 2013, y se declare subsistente el Auto de 10 de diciembre de 2009, emitido por el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba conforme lo establece el art. 57.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), así como se proceda a la notificación con la demanda al Ministerio Público conforme lo prevé el art. “129” del CPC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el razonamiento jurídico de los jueces en el Estado Constitucional de Derecho sobre las nulidades de los actos procesales en el proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR