SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1716/2014
Fecha: 01-Sep-2014
II.1.
II.1. Dentro del proceso ordinario civil a demanda de Max Vargas Zaconeta interpuesta en 1998 contra AASANA, entidad pública representada en la persona del Director Ejecutivo Nacional Jorge Kohler Salas, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba dictó la Sentencia de 12 de julio de 2000, declarando probada en parte la demanda en lo relativo a que la empresa demandada ocupó el terreno del demandante por espacio de veintitrés años y que por consiguiente debía cancelar los daños y perjuicios ocasionados por este hecho, los que corresponden averiguarse en ejecución de sentencia, e improbada la acción reconvencional de AASANA, probadas las excepciones perentorias planteadas por el demandante respecto a la acción reconvencional, sin costas por ser juicio doble (fs. 64 a 66).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el razonamiento jurídico de los jueces en el Estado Constitucional de Derecho sobre las nulidades de los actos procesales en el proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR