SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1924/2014

Fecha: 25-Sep-2014

improcedente

El Juez Primero de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador de Montero del departamento de Santa Cruz, constituido con Juez de garantías, mediante Resolución de 15 enero de 2014, cursante de fs. 974 a 976 vta., declaró “improcedente” la presente acción, con los siguientes fundamentos: i) La seguridad jurídica no es un derecho sino un principio constitucional, no siendo tutelado a través de la acción de amparo constitucional; ii) Respecto a la violación al derecho a ejercer la función pública, esos actos no fueron acreditados, menos las medidas de hecho que se hubieran suscitado contra los accionantes por medio de agresiones en sus personas o en su actividad laboral; y, iii) En el caso al no haberse evidenciado de manera objetiva que se está, frente a medidas de hecho o que existiere un daño irreparable o irreversible, así como no se explicó los motivos o razones que hacen peligrar la vida o derechos de los accionantes, por lo que sin entrar al fondo de la problemática planteada respecto a la valoración de la prueba en acciones tutelares, esta acción de defensa se hace improcedente.