SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2015-S3

Fecha: 16-Ene-2015

coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción

Previo al examen solicitado, es necesario pronunciarse sobre la falta de legitimación pasiva planteada por la codemandada Aida Luz Maldonado Bocángel, que en su informe señaló que no compartió el criterio expuesto en el Auto de Vista 116/2014, puesto que fue de voto disidente; al respecto, la SCP 0134/2012 de 4 de mayo, que cita a la SC 0158/2002-R de 27 de febrero, refiriéndose a la legitimación pasiva precisó que ésta debe ser entendida como: “`…la capacidad jurídica otorgada al funcionario público o persona particular para ser recurrido en impugnación de su acto, decisión u omisión que lesiona los derechos o garantías constitucionales de una persona…´ y que conforme a la SC 0691/2001-R de 9 de julio, dicha: `…calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción…´” (las negrillas nos pertenecen).