SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1007/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1007/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

II.1.

II.1.  Dentro del proceso de verificación de obligaciones del contribuyente la empresa metalúrgica Vinto, la Gerencia Distrital Oruro del SIN, emitió la   RA CEDEIN PREVIA 23-00877-11 de 18 de octubre de 2011, mediante la cual estableció como importe a devolver a la mencionada Empresa, la suma de Bs4 211 033.-, correspondiente al IVA por el periodo fiscal agosto 2009; determinando además, como monto no sujeto a devolución la suma de Bs3 716 947.-, por el IVA a la solicitud de devolución impositiva de indicado periodo fiscal (fs. 1408 a 1411).

ii.1) El art. 10 del DS 25465 y la RDN 10-0004-03, establecen los requisitos que deben acompañarse a la solicitud de devolución impositiva, aclarando que el sector minero debe respaldar sus gastos de realización mediante la presentación del o los documentos de las condiciones contratadas por el comprador de mineral o metal.