SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2015-S1
Fecha: 03-Nov-2015
III.2. Del carácter protectivo al régimen laboral, la obligatoriedad de los derechos laborales, el alcance de los beneficios sociales
La Ley Fundamental que consagra el modelo del Estado Plurinacional Comunitario con autonomías, establece entre sus fines y funciones del mismo, el garantizar el cumplimiento de los principios, valores constitucionales, derechos fundamentales y deberes reconocidos y consagrados en dicha Norma Suprema, conforme a lo previsto por el art. 9.4 de la CPE, en concordancia con este fin, el art. 13.I de la citada Ley Fundamental, instaura el deber del Estado, de promover, proteger y respetar los derechos fundamentales y garantías constitucionales, en cuyo mérito, en cuanto al régimen laboral, el Estado asume una posición de protección del trabajo en todas sus formas, conforme manda el art. 46.II, de la CPE, cualidad que se remonta a la corriente del constitucionalismo social; de acuerdo a ese entendimiento, el art. 48.II de la CPE, señala de manera expresa que: "Las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio", agregando con el mandato taxativo de que las normas laborales se interpretaran y aplicaran bajo los principios de protección de los trabajadores, primacía de la relación laboral, continuidad y estabilidad laboral, no discriminación e inversión de la prueba a favor de los trabajadores, expresado en el art. 48.I de la Norma Suprema.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- providencias de 3 de octubre de 2013
- denotándose de la naturaleza de esta acción su objeto de protección y resguardo de derechos en el marco de los valores y principios ético-morales establecidos en la Constitución Política del Estado
- procedimiento de protección cuyo objeto es el restablecimiento inmediato y efectivo de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, a través de un procedimiento judicial sencillo, rápido y expedito, frente a situaciones de lesión provenientes de la acción u omisión de servidores públicos o particulares
- III.2. Del carácter protectivo al régimen laboral, la obligatoriedad de los derechos laborales, el alcance de los beneficios sociales
- le permita asegurar su propia subsistencia y la de aquellos que se encuentran bajo su dependencia
- derecho al debido proceso
- a menos que estos aspectos hubieren sido demandados accesoriamente, caso en cual se establecerán en ejecución de sentencia
- 3 de octubre de 2013
- 22 de abril de 2014
- providencia de 22 de mayo de 2014
- CONFIRMAR