SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1172/2015-S2
Fecha: 11-Nov-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A partir del 30 de marzo de 2015, el Presidente y miembros de la Asociación de Copropietarios del Edificio Barrosquira; dispusieron el corte del servicio de ascensor en el piso 7 donde funcionan sus oficinas y prestan servicios de Auditoría Financiera; Notaría de Fe Pública 81 y Estudio Jurídico del Abogado Fernando Miranda Mendoza; aduciendo que no habría cancelado expensas comunes, pese a que efectuó pagos parciales ese mismo día y en los posteriores, a fin de que se les restituya el servicio; por lo que dicha privación constituye una medida de hecho arbitraria e ilegal que suprimió derechos fundamentales y violentó su derecho al trabajo, dado que la puerta del ascensor que tiene acceso directo a la antesala de su oficina fue clausurada; más aún si dicho cobro pudo efectuarse en la vía ejecutiva y debido a que Sergio Antonio Iriarte Rodríguez se encuentra aquejado con artritis reumatoide, artrosis generalizada y miopía muscular que le provocan dificultades de locomoción, más aun si se trata de subir o bajar gradas; toda vez que previamente no fueron conminados judicialmente al pago de lo adeudado y a que se les amenazó con el corte de los servicios de agua y energía eléctrica, sin ninguna explicación; ante tal situación, en uso de su derecho de petición reiteró la solicitud de entrega de Estatutos, Reglamentos y el estado de cuentas de la Asociación, entregándoles únicamente fotocopias del Reglamento Interno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 10
- III.1.
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.2.
- al haber procedido directamente y por cuenta propia a limitar el uso del ascensor, que resulta ser un servicio básico para las personas que quisieran hacer uso y subir al tercer piso
- Fragmento 16
- III.3.
- III.3.1.
- III.3.2. En cuanto a la protección
- Fragmento 20
- III.3.3. En cuanto a la protección
- CONFIRMAR en parte