Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1172/2015-S2
Fecha: 11-Nov-2015
II.5.
II.5. Posteriormente, por Carta Notariada de 1 de abril de 2015, certificada por la Notaria de Fe Pública 89, Carola Helga Torrico Duran, los accionantes reiteran y ratifican a Juan Carlos Blanco Huanca, Secretario General del Edificio Barrosquira, la solicitud de entrega de una copia de los Estatutos y Reglamento Interno del Edificio en forma inmediata, sobre la cual no se probó ninguna respuesta (fs. 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 10
- III.1.
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.2.
- al haber procedido directamente y por cuenta propia a limitar el uso del ascensor, que resulta ser un servicio básico para las personas que quisieran hacer uso y subir al tercer piso
- Fragmento 16
- III.3.
- III.3.1.
- III.3.2. En cuanto a la protección
- Fragmento 20
- III.3.3. En cuanto a la protección
- CONFIRMAR en parte