SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1306/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
concedió
La Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 32/2014 de 13 de octubre, cursante de fs. 161 a 164 vta., por la que concedió la tutela solicitada, disponiendo se deje sin efecto la Resolución Jerárquica 005/2014, pronunciada por la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras; en consecuencia se pronuncie nueva resolución jerárquica considerando los agravios expresados en él, tomando en cuenta las normas del ordenamiento jurídico vigente y las citadas en la presente Resolución, para que el INRA tramite el proceso de saneamiento con la producción de la prueba pertinente que hace a dicho proceso y sea en aplicación al principio de verdad material previsto constitucionalmente, sin costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho al debido proceso
- motivación o fundamentación
- correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- límite al poder discrecional del juzgador
- III.3. El derecho a la defensa y su configuración
- III.4. La garantía de la presunción de inocencia
- puede ser reclamada en materia Penal, sino también en todos los procedimientos -judiciales y administrativos
- III.5. Derecho a la igualdad
- actividad de diagnóstico
- b.1.) Relevamiento de información de campo.-
- ix)
- b.3) Proyecto de resolución.-
- información a las municipalidades.
- III.7. Análisis del caso concreto
- reencause inmediato del proceso de saneamiento
- Fragmento 28
- en campo
- 2° Disponer