SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1205/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
Fragmento 16
Asimismo, resueltos los incidentes formulados por el imputado, la autoridad demandada declaró cuarto intermedio y dispuso su valoración médica extendiéndose el Certificado Médico del Hospital Municipal Boliviano Holandés, en el cual se recomendó reposo relativo de diez a catorce días, así como que a primera hora del día siguiente, el imputado sea conducido al IDIF, emitiéndose el Certificado Médico Forense de 28 de enero de 2015, que estableció la existencia de lesiones “…compatibles con la data de la agresión…” (sic) -25 de enero a horas 10:00- otorgando “ 4(CUATRO) días de impedimento salvo complicaciones” (Conclusión II.2.); por lo que, el presunto delicado estado de salud aludido por la defensa del accionante, que por sus connotaciones intrínsecas eventualmente hubiere de manera inexcusable implicado la suspensión de la audiencia de medidas cautelares, no fue acredita por el accionante, a más de que los Certificados Médicos expedidos no dan cuenta de dicho extremo, por lo que conforme al Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, ésta alegación invocada por el accionante corresponde ser denegada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- para ello es necesario que la parte accionante acredite dicha amenaza o la misma pueda deducirse de las circunstancias del caso concreto
- Fragmento 11
- III.2. El debido proceso y el principio de celeridad procesal
- …el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar…
- i)
- III.3.1
- Fragmento 16
- denegar la tutela solicitada.
- III.3.2.
- Fragmento 19
- corresponde denegar la tutela solicitada.
- Fragmento 21
- debiéndose conceder la tutela sobre este punto de la problemática analizada.
- CONFIRMAR