SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1205/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
Fragmento 19
Sobre esta reclamación, es importante señalar que conforme se tiene de antecedentes, en la audiencia de consideración de medidas cautelares el abogado de la defensa planteó incidentes de aprehensión ilegal e indebida, actividad procesal defectuosa y “non bis in ídem”, que fueron resueltos por Resolución 044/15 de 27 de enero, por la cual se dispuso su rechazo; interponiendo el imputado -hoy accionante- recurso de apelación incidental el 27 de enero de 2015, en cuya consecuencia el Juez demandado el 28 del mismo mes y año corrió el traslado correspondiente a las partes (fs. 63 vta.), disponiendo el 9 de febrero de 2015 la remisión; empero, se consignó en dicha orden la Resolución 043/2015 de fecha 27 de Enero de 2015, que resolvió la recusación interpuesta, siendo remitido al Tribunal de alzada el 11 de febrero de 2015 (Conclusión II.3.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- para ello es necesario que la parte accionante acredite dicha amenaza o la misma pueda deducirse de las circunstancias del caso concreto
- Fragmento 11
- III.2. El debido proceso y el principio de celeridad procesal
- …el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar…
- i)
- III.3.1
- Fragmento 16
- denegar la tutela solicitada.
- III.3.2.
- Fragmento 19
- corresponde denegar la tutela solicitada.
- Fragmento 21
- debiéndose conceder la tutela sobre este punto de la problemática analizada.
- CONFIRMAR