SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1205/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.2.
II.2. Cursa acta de audiencia pública de consideración de medidas cautelares de 27 de enero de 2015, en la cual el abogado de la defensa reiteró la solicitud que realizó por escrito, respecto a la suspensión de la audiencia para que el imputado sea trasladado en forma inmediata a un centro hospitalario para su atención médica, al presumir que “…tiene las costillas fracturadas…” (sic); ante dicho requerimiento, el Juez de la causa -hoy demandado- solicitó informe del custodio policial, disponiendo “…no ha lugar a lo solicitado…” (sic), con la consecuente prosecución de la audiencia (fs. 52 a 55 vta.); resueltos los incidentes formulados, el Juez demandado declaró cuarto intermedio y dispuso “…que el Jefe Policial de Celdas del Tribunal de la ciudad de El Alto, lo lleve a un centro médico para su valoración médica (…) en ese mérito que sea emitido el Certificado Médico del Hospital Municipal Boliviano Holandés, en el cual solo recomienda REPOSO RELATIVO de 10 a 14 días, descartándose cualquier fractura de costilla…” (sic) (fs. 45 a 46 vta.), ratificado por el Juez de garantías que en el acápite VISTOS numeral III, refiere que: “Cursa el informe médico de 27 de enero de 2015 firmado por el médico en ortopedia y traumatología del Hospital Boliviano Holandés cuyo diagnóstico señala que el imputado se encuentra policontuso, hematoma escapular izquierda abdomen agudo a descaratar, se recomienda reposo relativo por especialidad (…) Acta de 27 de enero de 2015 donde el juez dispone un cuarto intermedio además de disponer que el acusado sea llevado a un centro médico” (sic) (fs. 87 a 88 vta.). Asimismo terminada la audiencia de medidas cautelares, mediante “…Auto de fecha 27 de enero (…) dispone que ha primera hora del día siguiente, el imputado sea conducido al Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF)…” (sic) (fs. 45 a 46 vta. y fs. 87 a 88 vta.), emitiéndose el Certificado Médico Forense de 28 de enero de 2015, estableciendo la existencia de lesiones “…compatibles con la data de agresión” (sic); “…25 de enero a Horas 10:00…” (sic) -otorgando- “…4 (CUATRO) días de impedimento salvo complicaciones” (sic) (fs. 4 ).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- para ello es necesario que la parte accionante acredite dicha amenaza o la misma pueda deducirse de las circunstancias del caso concreto
- Fragmento 11
- III.2. El debido proceso y el principio de celeridad procesal
- …el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar…
- i)
- III.3.1
- Fragmento 16
- denegar la tutela solicitada.
- III.3.2.
- Fragmento 19
- corresponde denegar la tutela solicitada.
- Fragmento 21
- debiéndose conceder la tutela sobre este punto de la problemática analizada.
- CONFIRMAR