Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
II.2.
II.2. Por Resolución Sancionatoria 18-0000261-10 de 1 de junio de 2010, se sancionó al hoy accionante por incumplir con la presentación de la información del Software RC-IVA Agentes de Retención, correspondiente a los periodos fiscales de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2007, conducta prevista como incumplimiento del deber formal de información inserto en el art. 4 de la Resolución Normativa de Directorio 11-0029-05 de 14 de septiembre de 2005, imponiéndole sanción pecuniaria de UFV's5 000.- por cada periodo acumulado (fs. 6 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- el mismo que luego de seis meses le fue negado mediante proveído administrativo 24-00081-14 de 25 de febrero de 2014,
- El 17 de mayo de 2014, insistió en su petición de nulidad de notificación mediante edictos,
- instancia que no obstante conocer los antecedentes en forma documentada
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.1.
- II.9.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- seis meses
- activa inmediatamente de haberse producido la lesión
- III.2. Normativa legal aplicable para impugnar actos de la Administración Tributaria. Jurisprudencia reiterada.
- 4. Todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria
- recurso de revocatoria contra el Auto de Rechazo
- Fragmento 26
- III.3. Análisis del caso concreto
- 231/2011 (24-0000245-11)
- 12 de mayo de 2014, el accionante planteó nuevamente ante la Gerencia Distrital de Santa Cruz II del SIN, la nulidad del proceso de notificación realizado con la Resolución Sancionatoria 18-0000261-10
- planteó por error recurso de revocatoria
- ordinarias idóneas y efectivas
- CONFIRMAR