SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
II.4.1.
II.4.1. Pedido que fue resuelto mediante Proveído 24-00081-14 de 25 de febrero de 2014, pronunciado por la Gerente Distrital Santa Cruz II del SIN; señalando que revisado el expediente al “(PIET) N° 231/2011 de fecha 14 de febrero de 2011…” (sic), emergente de la Resolución Sancionatoria 226/2010 de 29 de octubre de “2009”, la Administración Tributaria dio cumplimiento a lo señalado en el art. 83.3 del CTB, que establece que los actos y actuaciones de la Administración Tributaria se notificarán por uno de los medios, según corresponda “Por edicto” (sic), y el art. 86 de la misma norma, señala que se practicará la notificación por edictos publicados en dos oportunidades, por lo que las notificaciones se tienen por validadas para todos sus efectos legales, y encontrándose en ejecución coactiva, la Administración Tributaria tiene la facultad para continuar con el proceso de cobro coactivo contra el contribuyente, hasta la total recuperación de la deuda tributaria por mandato del art. 105 del CTB (fs. 25 a 26).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- el mismo que luego de seis meses le fue negado mediante proveído administrativo 24-00081-14 de 25 de febrero de 2014,
- El 17 de mayo de 2014, insistió en su petición de nulidad de notificación mediante edictos,
- instancia que no obstante conocer los antecedentes en forma documentada
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.1.
- II.9.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- seis meses
- activa inmediatamente de haberse producido la lesión
- III.2. Normativa legal aplicable para impugnar actos de la Administración Tributaria. Jurisprudencia reiterada.
- 4. Todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria
- recurso de revocatoria contra el Auto de Rechazo
- Fragmento 26
- III.3. Análisis del caso concreto
- 231/2011 (24-0000245-11)
- 12 de mayo de 2014, el accionante planteó nuevamente ante la Gerencia Distrital de Santa Cruz II del SIN, la nulidad del proceso de notificación realizado con la Resolución Sancionatoria 18-0000261-10
- planteó por error recurso de revocatoria
- ordinarias idóneas y efectivas
- CONFIRMAR