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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2015-S1

    Fecha: 13-Feb-2015

    II.6.

    II.6.   Realizada la audiencia pública el 31 de mayo de 2013, para la consideración del incidente planteado, mediante Resolución 305/2013 del mismo mes y año, el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, rechazó los incidentes, con la que fue notificado el mismo día a horas 17:36, conforme a la diligencia efectuada y que está suscrita por el accionante (fs. 44 a 47 y 48 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
    • I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • 123/2012 de 16 de marzo,
    • dentro de los tres días de notificada la resolución al recurrente
    • Con relación a las actuaciones del Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, Fiscal de Distrito -ahora Departamental- y Fiscales de Materia
    • Fragmento 23

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