SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2015-S1
Fecha: 13-Feb-2015
III.3. Análisis del caso concreto
A través de la presente acción de amparo constitucional, el accionante denuncia que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, la imputación formal fue ampliada por el delito de resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, prevaricato y retardo o negativa de justicia, sin que con ella le hubieren notificado, incurriendo las autoridades demandadas en defectos absolutos insubsanables, que motivaron plantee incidentes por actividad procesal defectuosa que fueron rechazados por el Juez cautelar, determinación judicial contra la que planteó apelación incidental, que fue declarada inadmisible por los Vocales demandados, con el argumento de haber sido presentada en forma extemporánea, convalidando de esta manera la notificación oral realizada a las partes en audiencia, en la que se dictó la Resolución apelada.
Planteada la problemática, de los antecedentes procesales se evidencia que el accionante, cuestiona esencialmente la actuación de los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, toda vez que declararon inadmisible el recurso de apelación incidental que planteó, argumentando la extemporaneidad en su presentación -que a su criterio- no es evidente, por haber interpuesto el recurso dentro del plazo previsto por el art. 404 del CPP; ingresando por ello, a su consideración.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- 123/2012 de 16 de marzo,
- dentro de los tres días de notificada la resolución al recurrente
- Con relación a las actuaciones del Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, Fiscal de Distrito -ahora Departamental- y Fiscales de Materia
- Fragmento 23