Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante, considera vulnerados sus derechos al debido proceso, estabilidad laboral, “a la seguridad jurídica” y principio de legalidad; citando al efecto los arts. 46.I.1, 48.I, II y III, 49.III, 51.I, II y III, 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8.2 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 23-11-44
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.7.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del cumplimiento de conminatorias de reincorporación por la justicia constitucional. Jurisprudencia reiterada.
- Fragmento 21
- sin embargo, tampoco puede pretenderse la ejecutoria de conminatorias que emergen de procesos administrativos desarrollados al margen de la razonabilidad de un debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR en parte