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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2015-S3

    Fecha: 20-Feb-2015

    II.5.

    II.5.  De fs. 31 a 33 cursa Resolución Ministerial 1016/12 de 28 de diciembre de 2012, mediante la cual el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, resolvió reconocer al Directorio del Sindicato de Trabajadores Petroleros del Sur de Yacuiba del departamento de Tarija, elegidos por el periodo de 11 de septiembre de 2012 al 10 de septiembre de 2015; recayendo la cartera de Secretario de Relaciones en Víctor David Claros Castropinto.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 23-11-44
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • i)
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.6.1.
    • II.6.2.
    • II.7.1.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Del cumplimiento de conminatorias de reincorporación por la justicia constitucional. Jurisprudencia reiterada.
    • Fragmento 21
    • sin embargo, tampoco puede pretenderse la ejecutoria de conminatorias que emergen de procesos administrativos desarrollados al margen de la razonabilidad de un debido proceso
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • provisional
    • CONFIRMAR en parte

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