Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la lesión a sus derechos al debido proceso, estabilidad laboral, a la “seguridad jurídica” y al principio de legalidad; puesto que luego que YPFB procedió a prescindir de sus servicios de manera ilegal, alegando ausencia de su fuente laboral, pese a que solicitó licencia de manera verbal, acudiendo ante la Jefatura Regional de Trabajo de Bermejo, instancia que luego de realizar los trámites pertinentes emitió la Conminatoria de 28 de octubre de 2013, determinación que no fue acatada hasta la fecha de la presentación de la presente acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 23-11-44
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.7.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del cumplimiento de conminatorias de reincorporación por la justicia constitucional. Jurisprudencia reiterada.
- Fragmento 21
- sin embargo, tampoco puede pretenderse la ejecutoria de conminatorias que emergen de procesos administrativos desarrollados al margen de la razonabilidad de un debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR en parte