SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

II.2.

II.2. El Juez de Sentencia Penal y Mixto de Viacha, por decreto de 20 de julio de 2012, dispuso que con carácter previo, la parte actora acredite lo siguiente: 1) La tradición de la posesión o propiedad respecto del inmueble objeto de la demanda; 2) Situación jurídica de la partida 208.1.01.0010797 de DD.RR; y, 3) Las colindancias del inmueble (fs. 32). Asimismo y ante el memorial de “cumple lo dispuesto” del demandante, por proveído de 10 de agosto del mismo año, dispuso se adjunte documento de transferencia (fs. 35).