DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Artículo 14. De las garantías jurisdiccionales

Las garantías para el control y el cumplimiento de los derechos y deberes establecidos en la presente Carta Orgánica son las mismas establecidas en el artículo 109 de la Constitución Política del Estado, para su protección de todos los habitantes del Municipio de Tiahuanacu sin discriminación alguna.

Las garantías para el control y el cumplimiento de los derechos y deberes establecidos en la presente Carta Orgánica son las mismas establecidas en el artículo 109 de la Constitución Política del Estado, para su protección de todos los habitantes del Municipio de Tiahuanacu sin discriminación alguna.