DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2015

Fecha: 10-Mar-2015

numeral 23

En relación a la atribución del alcalde establecida en el numeral 23 del art. 41, que señala: Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, “por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales”, de acuerdo a normativa municipal, se infiere que el alcalde o la alcaldesa para el cumplimiento de sus atribuciones tendría que coordinar con autoridades o instituciones del nivel central y departamental, generándose innecesariamente procedimientos burocráticos e inseguridad jurídica vulnerando los art.115.I. y 178 de la CPE.