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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S3

    Fecha: 06-Mar-2015

    II.4

    II.4   El Tribunal Permanente de Procesos Universitarios dictó la Sentencia 01/2014 de 21 de mayo, disponiendo la expulsión del accionante de la UMRPSFXCH (fs. 37 a 50); asimismo, consta en la diligencia de notificación con dicho fallo que el accionante se negó a firmar; empero, se le dio por notificado en presencia de testigo (fs. 51).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • Fragmento 4
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • II.9
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2.
    • La garantía de la doble instancia admite el disenso con los fallos, permitiendo que una autoridad distinta de la inicialmente competente, investida además de otra jerarquía administrativa, pueda evaluar, revisar, compulsar y en definitiva corregir los defectos insertos en la decisión inicial
    • La eventualidad de impugnar un fallo desfavorable, posibilita que el administrado, reclame aspectos específicos que considera injustos a sus pretensiones,
    • a)
    • 1)
    • tres días hábiles
    • III.4. En cuanto a la seguridad jurídica y a la legalidad invocados por el accionante
    • 2°    Dejar sin efecto

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