SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2015-S1

Fecha: 02-Mar-2015

1)

1)  Respecto al debido proceso, éste se caracteriza por la observancia obligatoria e ineludible de las formas propias de cada proceso, que se encuentran formalmente establecidas en el ordenamiento jurídico y que establecen con claridad las actuaciones, actos, diligencias y resoluciones de la iniciación del proceso, de su desarrollo y definición, en todas las instancias y etapas previstas de cada caso en particular; es decir, es el derecho que tiene toda persona de que las normas jurídicas, sean aplicadas correctamente por quienes administran justicia.