SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2015-S1
Fecha: 02-Mar-2015
III.4. Análisis del caso concreto
En el presente caso, el accionante alega que los demandados, incurriendo en una errónea valoración de los elementos probatorios, que determinaban que el inmueble en conflicto se encontraba en área urbana y no rural; declinando competencia y declarando probada la excepción de contradicción en la demanda, la Jueza a quo profirió Resolución disponiendo la remisión de antecedentes ante el Juez Agroambiental del departamento de Santa Cruz, decisión que siendo recurrida en apelación fue confirmada por el Tribunal de alzada; sin embargo, posteriormente, mediante otra Resolución, la Jueza de la causa, no obstante haberse declarado incompetente, determinó la suspensión de medidas precautorias.
Dentro del marco argumentativo expuesto precedentemente por el impetrante de tutela, corresponde a esta Sala Primera Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional, verificar si los derechos al juez natural, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso; así como a los principios de seguridad jurídica, probidad y respeto a los derechos, reclamados por el accionante han sido evidentemente lesionados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional.
- III.2.El debido proceso, configuración, alcance y ámbito de protección
- III.3. Valoración de la prueba
- así como la valoración integral de la prueba,
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)
- ii)
- 1) Respecto al Auto de 30 de enero de 2012
- 2) Respecto al Auto de 25 de julio de 2012
- b) De la actuación de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- 1º CONFIRMAR
- 2º Llamar la atención