SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2015-S3
Fecha: 27-Mar-2015
Así, respecto a los miembros del Tribunal Arbitral demandado
Así, respecto a los miembros del Tribunal Arbitral demandado, sostiene que al dictar el Laudo Arbitral 005/2011, y Auto complementario de 7 de octubre de 2011, incurrieron en los siguientes aspectos lesivos: i) Asumiendo que operó la subrogación del seguro, equivocadamente aplicaron el art. 1087, en relación al art. 1077, ambos del Ccom, determinando el pago de $us20 000.- a favor de BISA S.A., inobservando el principio de congruencia, puesto que incluyó a una persona jurídica que no fue parte del proceso; ii) Efectuó una errónea valoración de la carta de 10 de diciembre de 2008, como de la nota CITE/SUC 0077/09, medios de prueba fundamentales para aplicar el art. 1514 del CC, lo que a su vez generó la incorrecta aplicación del art. 1033 del Ccom, concluyendo equivocadamente que el plazo para pronunciarse sobre la Póliza de transporte había caducado; y, iii) La Póliza de seguro contratada por la empresa tercera interesada, no tenía cobertura para el transporte de aceite comestible, sino solo para derivados de petróleo, por lo cual no se podía pedir el cumplimiento de una cobertura inexistente, por lo que el citado Tribunal Arbitral, dispuso el pago sobre materia que no tenía seguro.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Así, respecto a los miembros del Tribunal Arbitral demandado
- En relación a la Jueza Décima de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba codemandada
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.2. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- Este seguro no tendrá efecto en beneficio del transportista u otro depositario'
- III.3.2.
- conceder
- REVOCAR