SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2015-S3

Fecha: 27-Mar-2015

II.5.

II.5.  El Tribunal Arbitral del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio y Servicios del departamento de Cochabamba -hoy demandado-mediante Laudo Arbitral 005/11 de 19 de septiembre de 2011, declaró probada en parte la demanda condenando a la compañía hoy accionante a que en el plazo de treinta días proceda al pago de $us10 000.- (diez mil dólares estadounidenses), por concepto de la indemnización del siniestro ocurrido el 7 de octubre de 2008, a favor de BISA S.A., en su condición de subrogado de IASA, por cuenta de la Empresa de Transportes “Don Juve S.R.L.” -ahora tercera interesada-, en mérito de la Póliza de Transporte “TRA-CBB-000145”, sin lugar al pago de costas, gastos de arbitraje y honorarios, ni el pago solicitado por el ente entonces demandante, del monto de $us3 925.-; por otro lado, respecto a la solicitud del pago de gastos judiciales, costas y otros como emergencia del proceso de repetición instaurado por BISA S.A., se declaró incompetente (fs. 590 a 612).