Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2015-S1
Fecha: 21-Abr-2015
II.2.
II.2. El 12 de noviembre de 2013, Venancia Maturano Zárate, solicita al Juez de Instrucción Cuarto en lo Penal, la homologación de medidas de protección de asistencia familiar, dispuesta por la Fiscal asignada al caso de 26 de junio de 2013, en el otrosí, al amparo al art. 24 de la CPE, ordene a la sección que corresponda se practique liquidación de asistencia familiar; mereciendo proveído de 19 de noviembre de igual año, por el que se homologó la Resolución de 26 de junio, y respecto de la liquidación impetrada dispuso “Acúdase a la autoridad competente” (sic) (fs. 14 a 15).
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- competente, pero no dice cual es la autoridad que homologó el documento relacionado al monto asistencial y tampoco presentó prueba
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 14
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso en su elemento a la fundamentación
- III.4. Del derecho a la defensa
- , señalo que:
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.5.1. Del principio de protección de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. De la actuación del Juez Cuarto de Instrucción de Familia
- Fragmento 26
- CONFIRMAR