SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2015-S1

Fecha: 21-Abr-2015

II.7.

II.7.  El 20 de mayo de 2014, la Jueza Primera de Partido de Familia, pronunció el Auto de Vista 16/2014, revocando parcialmente el Auto Definitivo de 9 de enero del año citado, dictado por el Juez de Instrucción Tercero de Familia, declarando improbada la excepción de impersonería de la demandante; sobre la homologación impetrada no se actuó de forma errónea, en razón de que la facultad de solicitar tal actuado no sólo radica en el Ministerio Público, cuya labor se centra en la investigación y no puede limitar o privar a la madre o víctima como titular de derecho, al ser la persona idónea para activar válidamente en juicio en favor o en contra, más aún cuando existe interés superior por velar que son los niños por su minoridad ( fs. 20 a 22).