Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.2.
II.2. RA 27/2013 de 31 de octubre, emitida dentro del proceso seguido por el SEDES Cochabamba a denuncia del Directorio Local de Salud (DILOS) del municipio de Cercado contra Freddy Alberto Trigo Iriarte, Roxana Calustro Ledezma, Carmen del Rosario Sahonero de Luizaga y Vitalia Concepción Ledezma Miranda, por el que se impone la sanción de destitución contra todos los procesados al existir constancia de responsabilidad administrativa (fs. 1295 a 1304 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada del derecho a una resolución motivada como elemento del debido proceso
- cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la falta de fundamentación y motivación
- III.2.2. En relación a la falta de valoración de los medios de prueba presentados
- CONFIRMAR