DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2015

Fecha: 30-Jun-2015

Sobre los numerales

Con referencia a los numerales 1, 2, 5, 9, 13, 14 y 18 fueron suprimidos; y en atención a lo dispuesto por el art. 116 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado dicho numeral del presente artículo, no existe contenido normativo que confrontar; por lo que, no se realiza el control de constitucionalidad.