DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2015

Fecha: 30-Jun-2015

Su calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley’

Sobre los referidos artículos, la DCP 0012/2015, señaló que: “el art. 339.II de la CPE, señala: “Los bienes de propiedad del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable, no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley’.