Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
Juan Mauricio Diez Canseco Arce
En revisión la Resolución 445/2014 de 1 de diciembre de 2014, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, cursante de fs. 1614 a 1625 vta., dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Mauricio Diez Canseco Arce y Bladimir Pablo Carrasco Quintana, en representación legal de Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Primera”, contra Miguel Marcos Tordoya Rivas y Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Presidente y Magistrado de la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia.
- Juan Mauricio Diez Canseco Arce
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. Sobre la revisión excepcional de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- ante la existencia de violación de derechos y garantías
- Derecho al juez natural e imparcial
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- delimitar el campo de acción de las partes y del órgano jurisdiccional en la que condiciona su desenvolvimiento
- consecuentemente cuando un Juez omite la motivación de una Resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión de hecho no de derecho
- competencia
- corresponde unificar al juez natural y su tutela a través de la acción de amparo constitucional
- III.4.1. Sobre la vulneración al Debido Proceso por incongruencia, falta de motivación y fundamentación en la resolución
- toda la prueba aportada
- III.4.2. Respecto la vulneración al derecho al Juez natural
- CONFIRMAR