Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
II.4.
II.4. Consta Resolución de recurso jerárquico AGIT-RJ 2070/2013 de 8 de noviembre, emitida por Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo a.i. de la AGIT -hoy demandado-, quien confirmó la Resolución de recurso de alzada ARIT-SCZ/RA 0655/2013; en consecuencia, se declaró firme y subsistente la RA AN-VIRZA-RA 613/2013, que declaró en abandono las mercancías correspondientes al Parte de Recepción 711 2012 601931 GVA-895421, disponiendo su adjudicación o destrucción según corresponda (fs. 350 a 357 vta.); notificándose el 13 de noviembre de ese año (fs. 361).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- “IMPROCEDENTE”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 13
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- iv)
- pero no la modificación o ampliación de los hechos, pues esto provocaría que la parte demandada se encuentre ante una nueva demanda de amparo
- transcurridos cinco meses
- Fragmento 22