DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Fragmento 55

Se advierte que los parágrafos II y III del ahora art. 114 (antes 115) del proyecto de Carta Orgánica, fue suprimido, por ello, queda sin efecto la causal de incompatibilidad expresada en la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, toda vez que, por imperio del art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Ley Fundamental y garantizar la supremacía constitucional; al haberse suprimido el referido numeral, no existe contenido normativo que confrontar.