Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2015-S2
Fecha: 17-Jul-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El representante de la empresa accionante alega la vulneración de los derechos al debido proceso en sus elementos “del derecho a la defensa, a recurrir y a la igualdad de las partes procesales”, citando al efecto los arts. 109.I; 115.II; 117.I y 180.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Contra la resolución que resuelve el Recurso de Alzada solamente cabe el Recurso Jerárquico, que se tramitará conforme al procedimiento que establece este Código
- II.
- es responsabilidad de
- toda notificación por defectuosa que sea en su forma, que cumpla con su finalidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- CONFIRMAR en todo