Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2015-S2
Fecha: 17-Jul-2015
II.2.
II.2. Contra la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0487/2014, GRACO Santa Cruz, mediante memorial de 29 de agosto de 2014, formuló recurso jerárquico, mereciendo Auto de Admisión de 5 de septiembre del señalado año; actuaciones que fueron puestas en conocimiento de Carlos Enrique Guna Parada, en calidad de representante legal de “Productos AVON Bolivia Ltda.”, mediante diligencia practicada en las Secretaría de la ARIT Santa Cruz, el 10 de igual mes y gestión (fs. 2 a 7 Anexo 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Contra la resolución que resuelve el Recurso de Alzada solamente cabe el Recurso Jerárquico, que se tramitará conforme al procedimiento que establece este Código
- II.
- es responsabilidad de
- toda notificación por defectuosa que sea en su forma, que cumpla con su finalidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- CONFIRMAR en todo